Mucho se ha hablado durante las últimas semanas sobre el gran esfuerzo por parte de distintos centros de investigación a nivel global en conseguir lo más pronto posible una vacuna eficaz contra el nuevo coronavirus (COVID-19), que ha matado a más de 50.000 personas en el mundo.

Sin embargo, alcanzar la cura no solo puede verse como una victoria geopolítica de los países que participan activamente en su investigación sino como una carrera en quién es el primero en lograr introducir solicitudes de patentes sobre algún compuesto químico que sea nuevo, de gran altura inventiva y que se pueda reproducir industrialmente.

El sistema de patentes es un arquetipo legal diseñado para estimular la innovación de nuevos productos y procedimientos, mediante el reconocimiento por parte del Estado (en donde sea solicitada) al inventor de un derecho exclusivo de explotación por un tiempo determinado (mínimo 20 años) a cambio de que éste divulgue toda la información inherente a la invención. De esta manera, el Estado recompensa al inventor por su talento, esfuerzo e inversión económica pero sobre todo garantiza la generación de nuevos productos a partir de la información divulgada al ponerla a disposición de los investigadores de manera gratuita.

En el contexto de la salud pública, el equilibrio que debe existir entre los derechos exclusivos de los titulares de las patentes farmacéuticas y la posibilidad por parte de la sociedad de acceder a medicamentos esenciales pueden verse enfrentados. Más aún en la situación actual en donde el contagio del virus ha sido de forma exponencial a nivel global y sin haberse logrado aún mitigar sus efectos.

Para corregir cualquier desequilibrio por razones de urgencia, catástrofe, negativa de sus titulares  a conceder licencias voluntarias o conductas anticompetitivas que pudiera surgir entre los derechos exclusivos de un inventor sobre su invención  y la eventual vulneración del derecho humano de la población (derecho a la vida, salud y acceso a medicamentes esenciales) existen mecanismos legales que pueden obligar al inventor a otorgar licencias sobre su invento a particulares o al propio Estado en condiciones justas, equitativas y  económicamente asequibles de manera de superponer el derecho a la vida sobre cualquier otro derecho de índole económico.

A partir de la incorporación de la figura de las “licencias obligatorias” en el Acuerdos de los Derechos de Propiedad Intelectual (ADPIC)  – promovido por la Organización Mundial del Comercio (OMC) – el cual ha sido suscrito e incorporado en sus respectivas legislaciones por la mayoría de los países miembros, se han otorgado un poco más de 20 “licencias obligatorias” sobre patentes farmacéuticas en base a distintas circunstancias y habiendo transitado previamente denuncias y largos procedimientos ante la propia OMC.

La que tuvo mayor resonancia fue solicitada por el gobierno de Zimbabue en el año 2002 a todas las farmacéuticas domiciliadas en ese país que fuesen titulares de patentes para cualquier medicamento utilizado para el tratamiento de VIH/SIDA. Esto generó que el kit de tratamiento descendiera de US$50,00 a US$15,00 debido a las condiciones favorables ofrecidas luego de la solicitud de las “licencias “obligatorias”.  En los últimos años se han otorgado “licencias obligatorias” a favor de distintos Estados como Italia, Ghana, Tailandia, Ecuador, Brasil, Canadá, India para manufacturar por cuenta propia a través de terceros productos farmacéuticos para la hepatitis, cáncer de próstata, migraña, afecciones cardiovasculares, entro muchas otras patologías.

La pandemia que vivimos actualmente permite pensar que los derechos exclusivos que serán otorgados a favor de los eventuales inventores traerán nuevas tensiones con el derecho a la vida, la salud y el acceso a los medicamentos. Sin duda, esto obligará a los gobiernos, organismos multilaterales y a la sociedad en general a discutir y re-plantear nuevos mecanismos que permitan manejar el débil equilibrio que existe entre el sistema de Propiedad Intelectual como una herramienta eficaz para la innovación y el desarrollo de nuestra sociedad frente al derecho a la vida.

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